MIRAMUNDO

Sobre el abuso de derecho

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El domingo por la noche, el Papa Francisco se reunió con un grupo de víctimas de violencia y dijo: la “violencia contra las mujeres es casi satánico”. Utilizó este término para evidenciar la desigualdad real entre un hombre que golpea a una mujer. Nuestro país ha recogido en su legislación varios institutos de protección a la mujer, y ello ha sido porque se muestra a la sociedad guatemalteca como particularmente violenta. La legislación ha dado lugar a la creación de tribunales, fiscalías, oficinas de apoyo, peritajes especializados y, en fin, una serie de instituciones de garantía. Muchos estamos convencidos de que son miles las mujeres y niñas que han sido, a pesar de la precariedad institucional, salvadas y protegidas de ambientes hostiles y amenazantes.

En este contexto, una de las patologías jurídicas más difíciles de enmarcar y afrontar es lo que conocemos como “abuso de derecho”, Manuel Ossorio, un jurista clásico que nos legó un Diccionario de constante uso para estudiantes y profesores, nos dice acerca del tema: “Un problema muy discutido lo constituye el que se conoce en la técnica jurídica contemporánea como abuso de derecho, por cuanto algunos autores no comprenden cómo quien ejerce legítimamente un derecho puede incurrir en abuso del mismo. Sin embargo, las corrientes modernas tienden a responsabilizar a quien no obstante ejercer un derecho, lo hace sin necesidad o beneficio para él y en perjuicio de otra persona. Se entiende en tal supuesto que ha habido exceso en el uso del derecho”.

El Derecho no puede entenderse sin tener una perspectiva sistémica, y por ello es que la definición nos señala que existirá abuso de derecho cuando se ejerce un derecho, pero buscándose el perjuicio de alguien más. El Derecho por sí no puede causar perjuicio a nadie, en todo caso el derecho sanciona o establece los correctivos cuando alguien infringió una norma. Comentamos este tema porque trascendió que la directora del Instituto de la Víctima, Alejandra Carrillo, consiguió una protección judicial, y dentro de la justicia constitucional, en contra de los directores del Diario La Hora, Óscar Clemente Marroquín Godoy y Pedro Pablo Marroquín Pérez, quienes han sido periodistas con interés especial para dar a luz las denuncias de corrupción y malos manejos en la institución estatal dirigida por Carrillo.

' Una de las patologías jurídicas más difíciles de enmarcar y afrontar es lo que conocemos como “abuso de derecho”.

Alejandro Balsells Conde

El régimen legal de protección a la mujer se encuentra en franca amenaza cuando las mismas mujeres lo utilizan en constante abuso. Si bien en estos momentos es público el caso de Alejandra Carrillo y en su momento lo fueron los promovidos por Roxana Baldetti y Sandra Torres, en el día a día existen cientos de casos en donde muchas mujeres, con el objetivo de encontrar una vía exprés a sus problemas maritales, recurren a esta ley para evitar, por ejemplo, que los padres se relacionen con sus hijos y así crear chantajes, con barniz judicial, para negociar las bases de divorcio o separación con ventaja.

La precariedad judicial se muestra con fluorescencia cuando un tribunal protege a una funcionaria pública de investigaciones periodísticas, con el argumento de atentar a su dignidad, burlándose el Derecho Constitucional a la Libre Emisión del Pensamiento y Libre Acceso a Fuentes de Información. Además, la propia Constitución señala: “No constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios públicos por actos efectuados en el ejercicio de su cargo”.

Los abusos de derecho deben combatirse o vendrán reformas legislativas casuísticas que desmoronarán las protecciones de buena fe conseguidas, es apremiante respuesta de las propias organizaciones de mujeres para evidenciar los abusos y la solidaridad de la prensa para mostrar lo que ocurre en la oficina pública dirigida por Carrillo.

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