MIRAMUNDO

Unas notas sobre la institución de la defensa

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“La acción, como derecho a atacar, tiene una especie de réplica en el derecho del demandado a defenderse”, nos dice el maestro Eduardo J. Couture cuando nos empieza a explicar la necesidad de garantizar la defensa dentro de los procesos y luego nos ilustra cómo al ser iguales ante la ley, la igualdad de las partes en un juicio es fundamental para entender la dinámica del litigio judicial, porque un proceso no es más que un debate sobre posiciones distintas.

“La Justicia se sirve de la dialéctica porque el principio de contradicción es el que permite, por confrontación de los opuestos, llegar a la verdad”, nos señaló el maestro uruguayo. El proceso judicial es como el Estado resuelve controversias y aplica la ley. Sin defensa, el proceso se convierte en una venganza, en linchamiento, en un instrumento de opresión, en un pretexto para encarcelar, embargar o castigar, pero jamás hacer justicia.

Nuestra constitución señala que la defensa de la persona y sus derechos son inviolables, y este principio tiene un antecedente histórico, ya que en la dictadura de Ríos Montt se instituyeron los Tribunales de Fuero Especial, los cuales eran órganos integrados por militares y abogados que hicieron nula la defensa y condenaron a diestra y siniestra a personas hasta a perder la vida, por delitos que no tenían esa pena contemplada.

' En 2022, habiendo cumplido 36 años de vigencia nuestra Constitución, el sistema de justicia enfrenta una severa crisis.

Alejandro Balsells Conde

En 1988 se celebró en Guatemala el Congreso de la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA), presidido por Arnoldo Ortiz Moscoso. Yo ya estaba en primer año de Derecho y mi papá me llevó a la plenarias para aprender. En la última de ellas, nuestro presidente del Colegio de Abogados en aquel momento, John Schwank Durán, nos ilustró cómo en Italia, en los años 70, se había capturado un comando de las Brigadas Rojas, organización subversiva y anarquista, la cual amenazó de muerte a cualquier abogado que tomara la defensa de los sindicados. Las Brigadas Rojas no creían en el proceso judicial y menos en los jueces. El Colegio de Abogados —creo, mencionaba el licenciado Schawank, de Turín— se reunió en asamblea de emergencia, porque la institución de la defensa era amenazada por anarquistas, y resolvió por unanimidad que todos los asambleístas tomarían la defensa de los procesados por “un minuto”, y así todos los abogados serían responsables, y si atentaban contra uno, atentarían contra todos.

Lo sucedido sirvió para ilustrar en la Guatemala de 1988, con una Constitución de apenas dos años, la necesidad institucional de garantizar una defensa dentro de todos los procesos judiciales, en todas las ramas.

Al inicio de vigencia de nuestra Constitución existió, por lo menos, un interés del gremio de abogados organizado en salvar las diferencias políticas y establecer como objetivos el fortalecimiento institucional, porque sin instituciones las diferencias políticas no pueden competir en democracia.

En 2022, habiendo cumplido 36 años de vigencia nuestra Constitución, el sistema de justicia enfrenta una severa crisis y en especial la defensa es perseguida por acciones puntuales tomadas desde la Fiscalía.

Con el gobierno de Jimmy Morales se inició un proceso de retroceso institucional muy peligroso. Por si vemos las experiencias centroamericanas, las alianzas de verdaderos sectores democráticos frente a la embestida de organizaciones ligadas a la represión de los años 70 y 80 en el país deben ser prioridad, porque estas organizaciones, en su momento, encunetaban a cualquiera y ahora pretenden perseguir, con barniz judicial, pero sin defensa a quienes resulten molestos, por eso extraña incluso la inclusión de personajes apologistas de esta situación en organizaciones de prensa supuestamente independientes.

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