EDITORIAL
CC debe resolver con apego a garantías
Suficientemente opaca fue la decisión de la Corte de Constitucionalidad, el 30 de enero último, de retirar la facultad de ponencia a uno de sus magistrados para otorgársela a otro, quien propuso acumular y aplazar la resolución de cuatro impugnaciones interpuestas por distintas entidades contra artículos reformados de la Ley Electoral y de Partidos Políticos. En realidad han sido presentados 10 recursos de inconstitucionalidad al máximo tribunal por la conculcación de garantías ciudadanas en dicha normativa, pero cinco han sido rechazados prácticamente sin entrarse a conocer. La resolución de las cuatro acciones acumuladas está prevista para la sesión plenaria de hoy, programada para las 10 horas, con la participación de siete magistrados.
La encargada de la ponencia será la magistrada Leyla Lemus, quien, a pesar de ser ex secretaria general del presidente Alejandro Giammattei, está obligada a plantear una resolución apegada a derecho, sin desviaciones ni ruidos políticos, sobre todo porque el gobernante se encuentra a 10 meses y 15 días de entregar el cargo; en tanto, la ciudadanía está a tres meses y 26 días de acudir a las urnas.
Este último plazo es muy significativo porque la decisión de los siete magistrados será histórica. Primero, porque corregirá fallos de los remedos de reforma efectuados en 2016 en beneficio de ciertos partidos hoy resquebrajados o desaparecidos. Segundo, porque la supresión de los artículos o frases impugnadas tendrá efecto en esta misma campaña electoral. Tercero, y más importante, porque demostrará las fidelidades de cada uno de los magistrados: si se deben al servicio del pueblo de Guatemala o siguen connotando afinidades con quienes los designaron o propiciaron su elección.
El pleno de hoy estará integrado, además, por los magistrados titulares Dina Ochoa, Héctor Pérez Aguilera, Néster Vásquez y Roberto Molina Barreto, junto con los suplentes Claudia Paniagua y Juan José Samayoa. Ellos tendrán que definir sobre la inconstitucionalidad de artículos como el referente a la llamada campaña electoral anticipada, que se convirtió prácticamente en una censura para la discusión de ideas sobre administración pública, manejos gubernamentales y resolución de desafíos nacionales en educación, salud, infraestructura, competitividad económica y otras áreas del desarrollo.
Dicha prohibición, a la vez, se convirtió en causal para denegar inscripciones, aunque el Registro de Ciudadanos la aplica de manera abiertamente discrecional, dado que existen aspirantes y partidos que se promocionan con flagrancia pero no han sido sancionados, en tanto que otros personajes reciben todo el peso de la regla. También deben resolver sobre la pertinencia de la constancia de finiquito de la Contraloría General de Cuentas y el monopolio del Tribunal Supremo Electoral para la adquisición de pauta publicitaria, una tarea para la cual se encuentra rebasado y cuyo modelo tiene más tintes despóticos que democráticos.
La ciudadanía merece una ley electoral actualizada, completa, no casuística ni parchada por criterios mediocres, con mayor fiscalización cívica sobre los partidos políticos y no que el TSE casi les obedezca. Pero esa es una labor para un futuro Congreso, ya que el actual, manejado por los hilos del oficialismo y adláteres, no tuvo la voluntad ni el valor ni la capacidad de abordarlas decentemente. Eso decidirán hoy siete magistrados. No valen evasivas ni resoluciones amontonadas, cada recurso debe resolverse por separado y de cara a la ciudadanía.