Editorial

Inaceptable restricción en el Palacio Nacional

El pretendido carné oficial es una suerte de colegiación, aprobación, aval o permiso estatal que riñe con convenios internacionales.

Por más melosa, condescendiente y repleta de circunloquios que sea la redacción del comunicado de restricciones y alambicados condicionamientos impuestos por la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia para el acceso de periodistas al Palacio Nacional de la Cultura, la medida constituye una vulneración del artículo 35 de la Constitución de la República, que claramente establece: “Es libre el acceso a las fuentes de información y ninguna autoridad podrá limitar ese derecho”.


La imposición de un carné obligado, “propiedad de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia”, para poder cubrir actividades desarrolladas en el Palacio Nacional constituye un innecesario e ilegal filtro de acceso, bajo supuestos argumentos de seguridad, que implícitamente estigmatiza a los comunicadores sociales que prácticamente a diario difunden actividades, conferencias y disposiciones del Ejecutivo. El texto de marras dice que “es un honor facilitarle el ingreso” mediante este carné. Pero no facilita, porque impone una esclusa indigna a la entrada de este edificio público, fuente informativa por antonomasia.


Según la disposición, la Secretaría de Asuntos Administrativos y la Guardia Presidencial retendrán a los periodistas en la entrada hasta que personal de la “Dirección de Relaciones Interinstitucionales” llegue. “Personal de la DRI se presentará a la puerta para confirmar el ingreso”, frase que implícitamente denota la posibilidad de que se deniegue el acceso. Esta medida exagerada, paranoide y sospechosa representa desde ya un desgaste y una contradicción para el gobierno de Bernardo Arévalo. Es posible que no se le haya consultado y, por lo tanto, debe ser derogada de inmediato, para mantener los usuales mecanismos de ingreso al Palacio Nacional de la Cultura.


El 18 de julio último se detectó a una persona armada en el Palacio Nacional de la Cultura, quien se hizo pasar por periodista de un medio digital para ingresar. El problema no es que fuera comunicadora social, sino que portaba un arma de fuego. ¿Por qué se va a castigar a los periodistas nacionales e internacionales (y, por ende, conculcar una garantía de la Carta Magna) por un descuido, falla o negligencia en los procedimientos de la SAAS? Nadie debe entrar armado al Palacio, a menos que sea parte de la seguridad. El pretendido carné oficial es una suerte de colegiación, aprobación, aval o permiso estatal que riñe con convenios internacionales.


Si esta restricción la hubiera impuesto alguno de los gobiernos anteriores, el reclamo sería exactamente el mismo. Lo grave es que se trata de uno que llegó bajo (y gracias a) la bandera de respeto a las garantías constitucionales. “De buenas intenciones está empedrado el camino al infierno” o “No hagas cosas buenas que parezcan malas, ni malas que parezcan buenas” rezan dos dichos que vienen al caso, ya que esta medida amenaza con ser fuente de discriminación y abusos contra comunicadores sociales, además de dificultar su labor de servicio.


El 5 de mayo de 2020, el Congreso de la República presidido por Allan Rodríguez ordenó restringir el acceso de los periodistas al hemiciclo, invocando el riesgo sanitario del covid-19. El procurador de Derechos Humanos accionó ante la Corte de Constitucionalidad, la cual ordenó garantizar el ingreso expedito a la fuente de información. Los periodistas se identifican claramente con sus gafetes de medios a los que pertenecen. Irónicamente, la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia, dirigida por el abogado Santiago Palomo, exige portarlo junto con el inaceptable, ajeno e inconstitucional carné estatal.

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