TIEMPO Y DESTINO

Hacia una fiscalización de los partidos políticos

Luis Morales Chúa

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La primera reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos fue lograda por el diputado Mario Taracena, hace algunos años. Su propósito era dotar al Tribunal Supremo Electoral de facultades para ejercer control de la forma en la que los líderes de los partidos utilizaban el financiamiento público consistente, en tiempos pasados, en la obligación del Gobierno de pagar a cada partido dos quetzales (Q2) por cada voto obtenido en las elecciones generales.

Si un partido político obtenía un millón de votos, el Gobierno le pagaba dos millones de quetzales (Q2.000.000); pero, tiempo después hubo para los líderes políticos una abultada mejora. En lugar de dos quetzales (Q2) ahora reciben dos dólares (US$2), lo cual indica que aquel partido favorecido con dos millones, actualmente tendría derecho a recibir catorce millones trescientos mil quetzales (Q14.300.000).

Mario Taracena impulsó la reforma porque el secretario general de un partido político mediante escritura pública se reconocía deudor, en nombre del partido, del candidato presidencial de una cantidad de dinero equivalente al financiamiento público. Asunto que ahora ha cambiado.

El decreto 26-2016, que contiene las reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, dispone cómo cada partido debe utilizar los fondos provenientes del financiamiento público. Además, y esto es fundamental, las reformas contemplan una fiscalización a fondo de las fuentes de financiamiento de los partidos, habida cuenta de que, según la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, hay partidos penetrados hasta la médula por el crimen organizado.

Y una de las formas adecuadas para el ejercicio de la citada fiscalización es la obligación, emanada de la ley, para que los partidos abran cuentas en los bancos a efecto de que pueda ser controlado el movimiento financiero de esas entidades partidarias, y el TSE, presidido por María Eugenia Mijangos, parece está decidido a ejercer la fiscalización debida.

Ahora bien, muchos de los actos de corrupción en las esferas administrativas, legislativas y judiciales, provienen del descontrol interno de los partidos políticos, como sucede con la selección de candidatos a cargos de elección popular, o nombrados a dedo. Un ejemplo es el de un político departamental, electo diputado, que posteriormente resulta procesado y condenado a muchos años de prisión por su participación en un quíntuple asesinato. Otros diputados también están presos por la comisión de delitos graves; y hay tras las rejas numerosas personas que antes ocuparon altos cargos en el Gobierno o en el Organismo Judicial. Algunos imputados continúan prófugos y sujetos a órdenes de captura internacional, que nunca pueden ser ejecutadas. Uno de ellos cumple ahora 35 años de estar huyendo de la justicia. Fue líder de un partido político, diputado en el Congreso de la República, y ministro de Gobernación. Se le acusa de haber ordenado el sangriento asalto policial a la embajada de España y ser responsable de los asesinatos de Oliverio Castañeda de León, Irma Flaquer, Alberto Fuentes Mohr y Manuel Colom Argueta y muchas otras personas más.

¿Cómo cambiar el modo de ser de los partidos políticos guatemaltecos? Un medio es la ley y su aplicación correcta y sin miramientos por parte del TSE y de los tribunales de la jurisdicción ordinaria. Pero, otra, la más aconsejable es que sean los propios líderes políticos los más interesados en el cambio y que comiencen ya. Mañana puede ser tarde.

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