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Verificamos por usted: ¿Puede un fiscal denunciar a un juez?

Exfuncionarios y conocedores del derecho penal consideran que limitar las funciones de fiscales para presentar denuncias deja un mal precedente.

La exfiscal Virginia Laparra fue sentenciada por presentar denuncias administrativas contra un juez. (Foto Prensa Libre: AFP)

La exfiscal Virginia Laparra fue sentenciada por presentar denuncias administrativas contra un juez. (Foto Prensa Libre: AFP)

La exfiscal Virginia Laparra fue condenada por presentar cuatro denuncias administrativas contra el exjuez Lesther Castellanos en 2018. El tribunal finalmente le dio la razón al Ministerio Público (MP), que acusó a Laparra de presentar acciones de forma ilegal ya que supuestamente no contaba con autorización de sus superiores jerárquicos.

La acusación y la sentencia condenatoria emitida por la jueza del Tribunal Octavo Unipersonal de Sentencia Penal, Oly González, despertó preocupaciones tanto en abogados especializados en derecho penal, como de la comunidad internacional.

Esto, debido a que la resolución deja un precedente que limita la independencia de los fiscales para fiscalizar el actuar administrativo de operadores de justicia, especialmente de jueces y magistrados del Organismo Judicial (OJ).

Organizaciones como Amnistía Internacional han nombrado a Laparra como una “presa de conciencia”.

“La organización ha documentado varias irregularidades en el proceso penal que violan los derechos humanos de Virginia Laparra al debido proceso y a la libertad, como la ausencia de elementos objetivos para sostener la acusación y la sentencia en su contra, y una doble persecución penal ante dos tribunales distintos por los mismos hechos. Además, Amnistía Internacional considera que los motivos usados por el Juzgado para mantenerla en prisión preventiva a lo largo de estos últimos nueve meses, en lugar de permitirle defenderse en libertad, son a todas luces arbitrarios”, expresó en un comunicado.

Estos pronunciamientos se suman al de otros consultores en derecho penal y exfuncionarios públicos, como el caso de la exfiscal general Claudia Paz y Paz, quien dijo en su cuenta de Twitter que la condena a la exfiscal de la Feci es “la mayor evidencia de que en Guatemala no existe el Estado de derecho” y es una “clara muestra del sometimiento de jueces y fiscales a poderes obscuros”.

¿De dónde salió la información?

Lesther Castellanos, quien denunció a Laparra por las acciones administrativas que ella presentó en su contra en 2018, aseguró en el programa radial Con Criterio que Laparra actuó de forma ilegal. Su explicación se centra en que la exfiscal, al momento de denunciarlo, lo hizo en su calidad de agente fiscal, pero sin contar con la debida autorización. Por esta razón, dice que utilizó sus funciones para fines personales. “No porque lo diga yo. La base legal es el artículo 154 constitucional, el artículo 68 y 70 de la Ley Orgánica del Ministerio Público y el artículo 30 de la misma ley. Está también el artículo 18, literal e, de la Ley de Probidad y Responsabilidad de Funcionarios y Empleados públicos. Es prohibido que cualquier funcionario público utilice su cargo para funciones que no están establecidas en la ley y a título personal”, comentó.

¿Cuál es el contexto?

La sentencia contra Laparra ocurre en medio de una serie de persecuciones penales fiscales, jueces y magistrados que, a criterio de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh), forman parte de una jornada de criminalización y estigmatización que es posible por la falta de independencia del Ministerio Pública. Esto motivó a la CIDH a incluir a Guatemala en su informe anual 2021 en el capítulo IV, junto con otros países que violan sistemáticamente derechos humanos como Cuba, Nicaragua y Venezuela. En este apartado, se advierte que hay una injerencia arbitraria del gobierno en los órganos encargados de administrar justicia. “(La CIDH) ha seguido con especial atención la situación de los derechos humanos en Guatemala y ha observado desafíos estructurales que afectan grave y seriamente el goce y disfrute de los mismos, en particular, derivados de acciones estatales que debilitan la independencia judicial y ponen en entredicho la lucha contra la impunidad y la corrupción, junto con el progresivo debilitamiento de la institucionalidad democrática y la institucionalidad en derechos humanos”, se indica en el informe. Se hace mención también de la destitución de Juan Francisco Sandoval como jefe de la FECI y cómo esto “ocurre en un contexto de acciones emprendidas desde hace varios años para terminar con los avances y esfuerzos realizados por la misma FECI para combatir la corrupción e impunidad en Guatemala”.

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Información cierta y confirmada por fuentes confiables.

A criterio de expertos en el sistema de justicia y derecho penal, perseguir a fiscales por presentar denuncias administrativas contradice la legislación guatemalteca. Alejandro Rodríguez, exsecretario de política criminal del Ministerio Público recuerda el artículo 251 de la Constitución Política de la República establece que el fin principal del Ministerio Público es velar por "el estricto cumplimiento de las leyes del país y en el artículo 5 de la Ley Orgánica de la Institución dice que la institución es "única e indivisible" para todo el Estado. “El artículo 5 de la Ley Orgánica del MP establece lo que se conoce como principio de unidad, lo cual quiere decir el MP está representado por todos los fiscales. Entonces, los fiscales están revestidos inherentemente de las facultades del MP de control de legalidad. Tratar de restringir esa facultad cercena las legítimas potestades de control de legalidad”, dijo Rodríguez. A esto complementó que las Directrices de Naciones Unidas sobre la Función de los Fiscales establecen que “los Estados garantizarán que los fiscales puedan ejercer sus funciones profesionales sin intimidación, trabas, hostigamiento, injerencias indebidas o riesgo injustificado de incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra índole”. Por su parte, Stephanie Rodríguez, abogada especializada en derechos humanos y acceso a la justicia, comenta que el artículo 48 de la Ley de la Carrera Judicial refiere que toda persona que tenga conocimiento de que un juez o magistrado ha cometido faltas disciplinarias podrá denunciarlo o plantear una queja, por escrito o verbalmente. “A mí me llama la atención (la sentencia) porque los fiscales, históricamente, como pate de sus funciones, cuando un juez hace un procedimiento que puede tergiversar, dañar o perjudicar un proceso penal tiene facultad para denunciar”, razonó Rodríguez.

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