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Ley de Oenegés: dos visiones distintas de los alcances de las reformas

Los alcances de las reformas a la Ley de Oenegés, recién activada por la CC, son analizados por el director de Acción Ciudadana y un diputado promotor del cambio.

Eddie Cux, director de Acción Ciudadana y Manuel Conde, diputado del PAN, analizan los alcances de la Ley de Oenegés y sus reformas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Eddie Cux, director de Acción Ciudadana y Manuel Conde, diputado del PAN, analizan los alcances de la Ley de Oenegés y sus reformas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Desde la aprobación de la iniciativa 5527, el 11 de febrero del 2020, se encendieron las alarmas de varias organizaciones sociales en Guatemala, que advirtieron de una clara violación a derechos tan fundamentales como la libertad de expresión y sobre la facultad para que el Estado pudiera anular cualquier organización de manera unilateral.

Organizaciones de la sociedad civil se consideran afectadas con la resolución y entidades como Incidencia a Favor de los Derechos Humanos en las Américas (Wola), la ven como un mecanismo de control hacia esos entes y sus recursos financieros.

En un ejercicio periodístico, se consultó al director de Acción Ciudadana, una organización que promovió la inconstitucionalidad ante la CC; además, se incluye la opinión del diputado del PAN Manuel Conde que expone por qué el Congreso decidió aprobar estas reformas.

Eddie Cux, director de Acción Ciudadana

“Vemos a una Corte de Constitucionalidad delimitando derechos”

Acción Ciudadana fue una de las organizaciones que presentó en la Corte de Constitucionalidad el amparo que frenó por más de un año la entrada en vigor de las reformas a la Ley de Oenegés.

Eddie Cux, director de la organización, insiste en que esos cambios no favorecen al país y la CC se equivocó en su resolución, porque con esa reforma vigente se restringe la libertad de expresión y da la impresión de que un gobierno no puede ser cuestionado de su gestión.

Además, dijo que la resolución de la CC de revocar el amparo provisional es una señal de retrocesos en la democracia.

¿Cómo analiza la resolución de la CC?

Preocupante. Lamentable, realmente, porque digamos que, por una cuestión de interpretación por parte de los magistrados, especialmente los que avalaron esta resolución, se vulneran los derechos de las organizaciones en general.

El amparo es una protección válida para derechos que son amenazados, y en este caso se están restringiendo los derechos de libertad de sucesión, de expresión y que, a pesar de ellos, haber rechazado ese amparo que en algún momento mantuvo con amparo provisional la entrada en vigor la ley.

Ahora vemos que existe una nueva tendencia por parte de esta Corte de Constitucionalidad a delimitar derechos. Hay que recordar que una de las personas que construyó esa propuesta ahora es magistrada de la Corte de Constitucionalidad, en el caso de la ex secretaria general y ahora magistrada, Leyla Lemus, vota a favor de la reforma a la ley que construyó. Siendo juez y parte de este tema y por eso mismo es que vemos preocupante el hecho que de esta forma se está limitando el trabajo que están haciendo las organizaciones en diferentes espacios.

¿Cuáles serán los riesgos al aplicar estos cambios a la ley?

Los riesgos inherentes al control que pueda ejercerse por parte del Estado a las organizaciones. Nuevos requisitos que se plantean, nuevos registros que deban hacerse, incluso cuando se reciben donaciones del extranjero, las organizaciones del extranjero que tienen la obligación de registrarse y sobre todo esa discrecionalidad que tiene el Ministerio de Gobernación para cancelar organizaciones, y yo creo que normas que son comparables solamente son las que ha emitido en Nicaragua respecto de limitar el actuar de las organizaciones de la sociedad civil.

¿Plantearán alguna acción?

Estamos trabajando en una inconstitucionalidad que se presentará en los próximos días, cuando la reforma esté vigente. El amparo lo que pretendía era que la reforma no entrara en vigor, y se detuvo en algún momento, pero la interpretación que le dan estos nuevos magistrados es adversa a lo que varias organizaciones planteamos. Lamentablemente, no se resolvió en el tiempo que se esperaba, y ahora ya que se declara sin lugar este amparo, la única vía que tenemos es la inconstitucionalidad.

¿Se sumarán más organizaciones?

Esperemos que sí. Hemos tenido conversaciones con otras organizaciones que también están evaluando presentar la inconstitucionalidad. Creo que sería lo mejor, el que varias organizaciones que están siendo afectadas presenten la inconstitucionalidad. Estamos en conversaciones con varias de ellas.

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Manuel Conde, diputado del PAN

“La reforma está orientada a la fiscalización”

El diputado del Partido de Avanzada Nacional (PAN) Manuel Conde fue quien presentó una moción privilegiada en la sesión plenaria del 11 de febrero del año pasado para conocer y aprobar las reformas a la Ley de Oenegés.

Quince meses después, y luego del fallo constitucional, Conde asegura que prevaleció el sentido común y que la vigencia de estos cambios permitirá un mejor control a las organizaciones y sus finanzas, y para nada busca limitar derechos o coaccionar a nadie.

¿Qué percepción tiene de esta resolución que emite la CC?

Mi percepción es que la CC ha resuelto de manera correcta, ha resuelto de manera apegada al derecho y está desmitificando algo que se intentó hacer para confundir a la opinión pública, nacional e internacional, y es que al fiscalizar a las oenegés se está coartando la participación social en las organizaciones, lo que es absolutamente falso.

Las oenegés, como cualquier institución, deben transparentar el origen de sus recursos y el destino, y eso es lo que hará esta reforma a la ley cuando cobre vigencia. Ya el Organismo Ejecutivo inició un proceso de registro de oenegés con información cruzada con la SAT, que me parece sumamente importante, porque así como se audita y se fiscalizan los recursos del Estado, de la iniciativa privada, los recursos de la cooperación internacional, ¿por qué no se van a fiscalizar los recursos que manejan las oenegés desde su origen y hasta su fin? ¿Qué sucede con esos recursos? Pues, tiene que transparentarse.

Me parece que la decisión de la CC, junto a otras resoluciones que la nueva corte está tomando están totalmente apegadas a derecho y muy alejadas de la arbitrariedad de lo que la corte anterior hacía, que era manipular y dictar fallos sesgados, ideológicos y no apegados a derecho.

¿Hay algún otro elemento que pueda aportar al hablar de los beneficios de esta reforma?

La reforma está orientada a la fiscalización. No es una nueva ley, es una reforma a la Ley de Oenegés. Esa reforma tiene como objetivo la fiscalización. Esa fiscalización le ayuda al Estado de Guatemala, porque sabrá de dónde vienen los recursos y a dónde van; le ayuda a los Estados que aportan esos recursos a las oenegés, porque sabrán si los recursos que son el producto de la tributación de su sociedad llegan a donde tienen que llegar.

Algunas organizaciones que en su momento impugnaron la iniciativa indican que se van a violentar derechos como el de la libertad de expresión. ¿Qué opinión le merecen esos comentarios?

Yo cualquier opinión la respeto, mas no la comparto.  Por eso aclaré en mi primera respuesta, esto no coarta de ninguna forma la participación. Claro, esto puede servir para quienes son parte de una oenegé o ponen sus nombres en los directorios, sepan cuántos recursos recibe una organización y qué hacen con esos recursos, quiénes son sus representantes legales o sus dirigentes; si los recursos que vienen para salud llegan a salud, si los recursos que vienen para vivienda van a vivienda o si terminan en cuentas privadas y personales que muchas veces no se fiscalizan. De ninguna manera se restringe la participación, de ninguna manera se restringe el derecho de la asociación y la libertad de ejercicio desde una organización civil.