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Reforma tributaria de Jimmy Morales

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Con motivo del bicentenario de la Independencia (1821-2021), se hace un recorrido por lo que hicieron los presidentes en la Hacienda Pública y los tributos en Guatemala período 2016-2017.

La Reforma Tributaria I del Presidente Jimmy Morales fue presentada al Congreso de la República el viernes 12 de agosto de 2016. Ante las protestas generalizadas y falta de apoyo político, el 25 de agosto del mismo año fue retirada dicha propuesta por el mismo organismo Ejecutivo.

Los impuestos son como Frankestein, volverán a aparecer antes de 2021. Un resumen de esas propuestas basado en la Exposición de Motivos del proyecto de ley, se hace a continuación, para tener en mente que la Reforma Tributaria II puede volver a aparecer sorpresivamente en el Presupuesto 2018.

El Libro I contiene reformas al decreto 10-2012, en el que se proponen medidas para ampliar la base tributaria en general. La primera medida mediante la reestructuración del régimen de regularización de ciertas actividades, hoy parcialmente fuera del sistema tributario (ampliación de base), dando certeza jurídica a los contribuyentes que ya utilizan facturas especiales y que estén dedicados a la exportación de productos agropecuarios, artesanales y productos reciclados, para que cuando emitan facturas especiales de conformidad con el artículo 52 “A” de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, independiente del monto de la facturación, retengan con carácter de pago definitivo por concepto del impuesto sobre la renta, un tipo impositivo del cinco por ciento (5%).

Y la segunda medida para ampliar la base tributaria retoma el régimen de rentas del trabajo con el incentivo de poder deducir ahora los gastos que se generen por colegiaturas en el nivel preprimario, primario y secundario, incluyendo educación bilingüe o especial, que corresponda al contribuyente, cónyuge e hijos. La medida incluye retomar el uso del crédito fiscal del IVA a cuenta del ISR determinado por los contribuyentes del régimen de rentas del trabajo (asalariados), como un incentivo a generalizar el uso de la factura.

Se aumenta “la tasa general” del Impuesto sobre la Renta del 25% al 29%. En el régimen del Impuesto sobre la Renta “opcional simplificado” (sobre ingresos), se da mayor progresividad al mismo, ampliando los rangos de ingresos gravados e incrementando la tasa para el nivel más alto de ingresos. En ese sentido, las nuevas tasas se proponen sean del 5%, 7% y 12%. La propuesta dispone que ningún contribuyente pueda cambiarse de régimen en tanto no cumpla con un plazo mínimo (4 años).

El Libro II propone cambios al Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo, incrementando las tarifas específicas en Q1.00 el galón. El Libro III propone actualizar el Impuesto sobre la Distribución de Cemento, llevándolo de Q1.50 por saco a Q5.00 por saco.

El Libro IV propone modificaciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para control de documentos por la vía electrónica. Se simplifica y da mayor certeza jurídica a los contribuyentes obligados al uso de facturas especiales de conformidad con el artículo 52 “A”, creando condiciones para que incluso actividades de exportación de productos agropecuarios, artesanales y reciclados, que hoy pudieran operar fuera del sistema tributario.

El Libro V propone incrementar las regalías de 1% a 10% para el caso de oro, plata y platino, de 1% a 3% para otros metales y el resto que la Ley de Minería establece sigue gravado con el 1%.

Otras medidas tributarias requieren análisis por separado.

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