Mismo padrón, mismo lugar
El padrón electoral cerró en marzo, se hizo la depuración correspondiente y no es necesario volver a empadronarse para votar este 11 de agosto. El TSE también trató de no mover los centros de votación, de manera que cada ciudadano pueda ubicar en el mismo lugar donde votó en junio su lugar en la segunda vuelta. No es necesario presentar la boleta de empadronamiento al momento de emitir el voto, pero sí el Documento Personal de Identificación vigente.
Horarios de votaciones
El 11 de agosto a las 7 de la mañana deben estar abiertos todos los centros de votación, sin excepción, ya listos para recibir a los guatemaltecos que deseen emitir su voto. Sin interrupción, cada Junta Receptora de Votos estará abierta hasta las 18 horas, cuando se deben cerrar los centros de votación, pero los ciudadanos que estén adentro y no han emitido su voto deberán hacerlo y las mesas cerrar hasta que el último votante abandone el lugar. Luego empieza el proceso de cierre y conteo de votos.
Cambios de centros
Para la segunda vuelta electoral algunos centros de votación cambiaron. El Tribunal Supremo Electoral informó que la Escuela Oficial Rural Mixta Isodoro Zarco Alfasa, que sirvió como centro de votación se trasladará al salón de usos múltiples El Fiscal. Al igual que los colegios Campanero, Universal y Brooklyn, en Mixco, que ya no serán centros de votación y en su lugar son el Centro Comercial Sankris Mall, Liceo Juventud y Centro Comercial Mix, respectivamente.
Cómo asegurar un voto válido
En la mesa receptora de votos asignada se le da a cada ciudadano cinco papeletas y un crayón para marcar su voto. Al emitir el sufragio hay que tomar en cuenta que la marca no se puede salir de la casilla respectiva, de lo contrario el voto será inválido. Tampoco se debe hacer ninguna marca fuera de la casilla o algún otro símbolo, porque también anula el voto. Por último, está prohibido escribir en la papeleta o utilizar otra herramienta que no sea el crayón que se proporciona para el efecto.
Para estar bien informado
A 10 días de las elecciones, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), con el objetivo de que todos los guatemaltecos empadronados puedan ejercer su derecho al voto, ha dispuesto de varios canales de información. El primero es el centro de llamadas 1580 o bien por el 2515-2415, en ambos números un operador facilitará detalles como el centro de votación asignado. También se brinda información en cualquier sede municipal del TSE y se habilitará un sistema de mensajes de texto y quioscos en centros comerciales.
DPI tiene que estar vigente
Hasta ahora el Documento Personal de Identidad (DPI) debe estar vigente para poder emitir el sufragio el próximo domingo 16 de junio. El documento vence automáticamente cada 10 años, por lo que se calcula que poco más de 400 mil han expirado; sin embargo, el Tribunal Supremo Electoral anunció que se presentará un amparo para que se garantice el derecho al voto de los guatemaltecos, una acción legal que está pendiente de definir, a pocos días de los comicios.
Proceso electoral
El proceso electoral comprende desde la convocatoria a elecciones hasta el momento en que se declara concluido. En este período está incluida la inscripción de candidatos, la organización de juntas electorales, el cierre de inscripción de ciudadanos para elaborar el padrón electoral, propaganda, preparación y distribución de las papeletas, la votación, escrutinio, revisión y adjudicación de cargos.
Distritos de elección
Para fines electorales, el país está dividido en 23 regiones, que son denominadas por el Tribunal Supremo Electoral como distritos electorales. De acuerdo con la Ley Electoral y de Partidos Políticos, para las elecciones generales el país se divide en 23 distritos electorales, cada uno de los departamentos constituye uno, más Guatemala, que se divide en distrito central y municipios
¿Quién cuida los votos?
La recepción, escrutinio y el cómputo de los votos le corresponde, por ley, a las Juntas Receptoras de Votos, que deben abrir y cerrar la votación en el centro donde fueron asignados, tienen que identificar y revisar que los datos del elector coincidan con el padrón electoral. También son responsables de elaborar las actas correspondientes y recibir las impugnaciones de los fiscales el día de los comicios.
Requisitos para votar
El 16 de junio lo único que se le pedirá en la mesa del centro de votación correspondiente será su Documento Personal de Identificación (DPI). No podrá emitir el sufragio si no lleva el documento físico. No será necesario llevar la boleta de empadronamiento y el número es el mismo que tiene su DPI. Además, en cada centro de votación habrá personal que ofrecerá esa y otra información para orientar sobre la mesa que le fue asignada para emitir el voto.
Horarios y servicios
El próximo 16 de junio los centros de votación estarán abiertos desde las 7 horas y cerrarán, sin excepción, a las 18 horas, aunque sí se permitirá el sufragio de los ciudadanos que estén adentro del centro de votación a la hora del cierre.
Entre otras disposiciones del TSE, cada centro de votación también contará con personal que pueda asistir a personas con alguna discapacidad física o adultos mayores, para facilitar el ingreso a los centros y agilizar el proceso para emitir el sufragio.
Papeletas de colores
Cinco papeletas recibirá cada guatemalteco que vaya a emitir su voto, cada una se diferencia por color y así hacer más fácil identificar los cinco cargos de elección que se están definiendo.
La papeleta blanca es la presidencial, la rosada es para los alcaldes y corporaciones municipales. Otra verde, en la que se propone a los diputados por el Listado Nacional, la celeste para los distritales y una amarilla para el Parlamento Centroamericano.
En agosto se define todo
El TSE ha fijado el 11 de agosto del 2019 como el día del balotaje, en caso ningún candidato gane la elección presidencial con la mitad más uno de los votos válidos emitidos el próximo 16 de junio. En ese caso, volverán a participar las dos planillas presidenciales que hayan alcanzado la mayoría de votos.
El 11 de agosto también se deberá repetir elecciones municipales en los municipios donde se registren problemas el 16 de junio.
Los que no pueden votar
La Ley Electoral y de Partidos Políticos también restringe el derecho al voto a ciertos guatemaltecos por las labores que desempeñan, con el objetivo de que estos no sean influenciados.
Según la Ley, no pueden emitir el sufragio quienes estén en servicio activo en el Ejército, la Policía y quien cumpla una misión de índole militar. Tampoco pueden hacerlo quienes tengan suspendidos sus derechos ciudadanos o hayan perdido la ciudadanía.
Se elige más que alcaldes
El próximo 16 de junio no solo se elije a los alcaldes de los 340 municipios del país, sino que se integrarán las corporaciones municipales, es decir, el vecino también decide quiénes serán parte de cada Concejo Municipal, el órgano detrás de la administración edil.
Los Concejos se integran por el alcalde, síndicos y concejales titulares y suplentes. La cantidad de cargos se distribuye en relación a la cantidad de habitantes en cada jurisdicción.
Colores en papeletas
Para el próximo evento electoral, el Tribunal Supremo Electoral aprobó el Acuerdo 62019, donde se fija el color de las papeletas que recibirán los guatemaltecos en el centro de votación, con el objetivo de facilitar el proceso de elección. La papeleta blanca es para presidente y vicepresidente; la verde, para diputados por lista nacional; una celeste, para los diputados por distrito; rosada, para la Corporación Municipal y amarrilla, para el Parlamento Centroamericano.
El voto nulo como opción
Entre los cambios al proceso electoral está el valor del voto nulo, que hasta el 2015 no existía. Ahora, los guatemaltecos tienen la opción de anular su voto si no están conformes con las propuestas para presidente y vicepresidente, así como las Corporaciones Municipales. De superar el 50 por ciento de votos válidos, el voto nulo cobra validez y obliga a repetir el proceso, aunque la Ley Electoral no obliga a los partidos a nominar a nuevos candidatos.
Se mantiene la Ley Seca
Entre las prohibiciones que están contempladas en la actual Ley Electoral está la prohibición de vender o distribuir licores, bebidas alcohólicas y fermentadas o el consumo de estas en espacios públicos, desde las 12 horas del día anterior de las elecciones —el sábado 15 de junio—, hasta las 6 horas del día siguiente —el lunes 17 de junio—, esto con el objetivo de reducir las posibilidades de conflictos durante la celebración de los comicios.
Trabajo del TSE y Conadi
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) trabaja junto al Consejo Nacional para la Atención de Personas con Discapacidad (Conadi) con el objetivo de facilitar la participación de este segmento de la población el día de las elecciones. Entre las acciones está la sensibilización y capacitación de distintos órganos del TSE, así como de las Juntas Receptoras para que ofrezcan una mejor atención a las personas con discapacidad, incluyendo el lenguaje de señas.
Vencimiento del DPI
El Documento Personal de Identificación (DPI) vence cada 10 años y es necesario que la población empadronada cuente con el documento vigente para poder ejercer el voto el próximo 16 de junio. Esto significa que todas las personas que tramitaron su DPI en el 2009 deben revisar la fecha que aparece atrás del documento, justo debajo del logo de la institución. La fecha de emisión del DPI está abajo de la fotografía, al frente.
La fuerza de los comités
Los Comités Cívicos Electorales pueden, según la ley, postular candidatos para gobiernos locales, por lo que se vuelven una opción fuerte en los municipios del país. En el 2015 participaron en las elecciones generales 98 comités. Los departamentos de Chimaltenango y Quetzaltenango fueron los que más registraron, 13; mientras que en Colomba, Mazatenango y Zacapa participaron tres en cada uno.
La mujer y el voto
En Guatemala fue en 1945 que se le permitió el voto a la mujer, aunque únicamente las que sabían leer y escribir. Fue hasta 20 años después, en 1965, que se instituyó el sufragio universal para las mujeres, lo que abrió la puerta para que toda la población mayor de 18 años pudiera participar en la elección de sus autoridades. En la Constitución Política de 1985 ya se menciona por primera vez a la mujer de manera individual.
Campaña anticipada
En las elecciones del 2015 se registró la mayor cantidad de sanciones a partidos políticos por campaña anticipada en la historia democrática del país. El Tribunal Supremo Electoral registró 183 sanciones acumuladas entre 2014 y 2015 por campañas políticas promovidas antes de la convocatoria a elecciones. El partido Libertad Democrática Renovada (Líder) fue el más castigado, con 112 sanciones, seguido de Compromiso, Renovación y Orden (Creo), que recibió 20.
Millonarias elecciones
En Q247.5 millones tasó el Tribunal Supremo Electoral el costo de la campaña política del 2015, sin contar el gasto de los partidos antes de la convocatoria a elecciones. El partido Libertad Democrática Renovada (Líder) encabezó la lista, con Q77.63 millones, seguido de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), con Q48.6 millones, y Visión con Valores (Viva), con Q22.8 millones. Lo curioso es que, pese al gasto, ninguno de estos partidos llegó a la Presidencia
Actitudes correctas
Todos los partidos políticos deben instruir a sus seguidores a mantener un comportamiento ético y respetuoso hacia otros grupos, de ideas distintas y con los cuales rivalizan por el voto popular. Tener posturas diferentes no implica enemistad, solo una sana competición democrática.
Publicidad electoral
A partir de esta semana comenzaron a instalarse imágenes de candidatos y partidos en calles de todo el país. No obstante, continúa prohibido el pintarrajeo de aceras, arriates y piedras de las carreteras. Esta norma debe ser observada a lo largo de toda la campaña, sin excepción alguna.
Diálogo político
Los aspirantes a cargos de elección popular deben expresar sus planes y proyectos concretos. No existe necesidad de descalificar directamente a otros contrincantes, puesto que esta campaña debe marcar un parteaguas en el comportamiento ético de los mismos políticos.
Prohibiciones para votar
Los ciudadanos que se encuentren en servicio activo en el Ejército Nacional o en los cuerpos policiacos y quienes tengan nombramiento para cualquier comisión o trabajo de índole militar; y quienes estén suspendidos en el ejercicio de sus derechos ciudadanos o hayan perdido la ciudadanía. Para el cumplimiento de estas disposiciones, las autoridades correspondientes deberán enviar la nómina respectiva al Registro de Ciudadanos, para excluirlos del padrón.
Uso de fondos públicos
Las organizaciones políticas pueden recibir por ley un financiamiento público, el cual debe ser utilizado de la siguiente forma: 30% para la formación y capacitación de afiliados, 20% para actividades nacionales y funcionamiento de la sede nacional, 50% para el pago de funcionamiento y otras actividades del partido en los departamentos y municipios en los que tenga organización partidaria vigente.
Prohibiciones de finanzas
La Ley Electoral establece que las organizaciones políticas tienen prohibido recibir fondos de: 1. Estados y de personas individuales o jurídicas extranjeras; 2. Personas que hayan sido condenadas por cualquier delito contra la administración pública, delitos de lavado de dinero u otros activos; 3. Personas cuyos bienes hayan sufrido procesos de extinción de dominio; 4. Fundaciones o asociaciones de carácter civil de carácter apolítico.
Total libertad para votar
“Los ciudadanos gozan de absoluta libertad para emitir su voto y nadie podrá directa o indirectamente, obligarlos a votar o a hacerlo por determinado candidato, planilla o partido político“, establece la ley electoral. Cualquier tipo de presión o coacción en este sentido, por parte de cualquier organización o autoridad, debe ser denunciada a las autoridades del Tribunal Supremo Electoral
Prohibidas inauguraciones
Según el artículo 223, una vez lanzado el proceso electoral queda prohibido usar los recursos y bienes del Estado para propaganda electoral. A los funcionarios y empleados públicos les queda terminantemente prohibido dedicarse durante la jornada de trabajo a funciones o actividades de carácter político electoral, así como emplear su autoridad a favor o en perjuicio de determinado candidato u organización política.
Cancelación de partidos
Una organización política puede ser suprimida por el Tribunal Supremo Electoral si por acción propia o de acuerdo con funcionarios electorales ocasiona fraude que cambie los resultados verdaderos de las votaciones o la adjudicación de cargos en un proceso electoral. También se elimina si no logra un 5% de los votos válidos, a menos que logre colocar diputados en el Congreso de la República.