En esa lista aparece el impuesto a pagar según las reformas del 2012 que va desde el 0.2% hasta el 2% sobre el valor imponible del automotor incluido en dicha tabla.
Sin embargo la SAT aclara que para efectos del pago del ISCV “se debe aplicar el 50% de reducción sobre el monto del impuesto determinado en esta tabla; según Artículo 5 Decreto 1-2013”.
El plazo de vencimiento del ISCV correspondiente al 2018 es el 31 de julio del próximo año.
El parque vehicular del país se registraba al 30 de noviembre del 2017 en 3 millones 508 mil 228 vehículos refierem los datos de la SAT.
Según datos divulgados por funcionarios de esa institución hay 618 mil unidades por las que no se ha pagado el ISCV del 2017.
IVA de importación e Iprima
Mientras que la tabla aprobada con los acuerdos 25-2017 y 26-2017 de la SAT, se usa de base para calcular el impuesto de valor agregado (IVA) por importación de vehículos terrestres incluyendo motocicletas, así como para el Iprima.
Para el caso del cálculo del IVA el acuerdo 25-2017 refiere en el artículo que esa tabla de valores no aplica para vehículos del año en curso y subsiguientes.
La SAT explica en los acuerdos que si el tipo de vehículo no se encuentra en la lista oficial de la SAT, para calcular el impuesto se aplicará el valor que corresponde al rubro inmediato más bajo del vehículo que represente mayor grado de similitud en marca, línea, centímetros cúbicos, cilindros, puertas, combustibles y número de pasajeros, y otras características como tipo y valor de la importación.
En el caso de la ISCV al ingresar al portal de la SAT, con los datos de vehículo al cual le desea pagar el impuesto, el sistema informático le calcula el monto. Cualquier duda consulte con la SAT.
En los casos en que aparezca la marca pero no coincida por las características se debe aplicar el valor de mayor similitud que correspondan al rubro inmediato más bajo en la marca y línea del vehículo.
Cuando no exista en esa table un año modelo que coincida con el vehículo a importar se debe usar el año modelo inmediato anterior.
Iguales condiciones son para el cálculo del Iprima.