En un comunicado, la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig) dijo que analizaban apelar la absolución de Alvarado López, de quien la jueza indicó que “su conducta aunque fue antiética no constituía un delito, pese a tener comunicaciones con Imeri Díaz”.
En el texto, la Cicig también informó que la juzgadora “dio valor probatorio a algunos medios de prueba (base de la sentencia), entre los que se incluyen: interceptaciones telefónicas, prueba documental y testimonial”.
El próximo 11 de julio, las partes procesales escucharán la lectura íntegra de la sentencia.
El caso
Según las pesquisas, el 9 de octubre del 2014, el Ministerio Público (MP) y la Cicig determinaron que Santiago de León se alió con Díaz y Alvarado para ofrecerle a una empresa, condenada al pago de Q93 millones, la reducción de la sanción si pagaba una comisión de hasta Q10 millones.
En febrero de 2015, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) determinó que existían suficientes pruebas de la participación del magistrado en el hecho y le retiró la inmunidad para que puediera ser investigado.
Cuando ocurrieron los hechos, Santiago de León era vocal II de la Sala Tercera de Apelaciones del ramo Civil y fue detenido el 22 de septiembre del 2015, cuando presidía la Sala Regional Mixta de Apelaciones Civil de Quiché.
De acuerdo con las investigaciones, una disputa legal por el uso de una frase –slogan–, habría provocado que una empresa fuera demandada por otra compañía, y De León ofrecía a cambio de una comisión fallar a favor de una de las partes.
El caso fue denunciado por la firma afectada el 25 de septiembre de 2014.
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