- Aquella organización formal o informal de dos o más personas que se identifiquen bajo nombre, estandarte o simbología común.
- Que incurren de forma sistemática y reiterada en los supuestos descritos en el artículo anterior de esta ley
- Suponen una amenaza constante de perturbación grave de la paz o amenazan la seguridad del Estado
- Y han 3 atacado a las fuerzas de seguridad del Estado.
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Mientras que el artículo 16 Ter, que también sería nuevo, describe a los miembros de dichas organizaciones, cuya descripción es:
- Será considerado miembro de una organización criminal de alta peligrosidad toda persona, nacional o extranjera que indique actuar en nombre de o porte el estandarte o haga uso de la simbología común de la organización declarada de alta peligrosidad.
- Y en caso exista evidencia suficiente de la pertenencia o colaboración del individuo con la organización criminal de alta peligrosidad.
Los otros cambios que propone la iniciativa es que si bien el estado de Sitio para combatir las pandillas regiría en todo el país, solo se aplicaría únicamente a los miembros de dichas organizaciones.
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El proyecto propone la creación del artículo 15 quinques para que durante este tipo de estado de Sitio no se puedan hacer compras por excepción.
Argumento
El diputado Fernando Linares-Beltranena, presidente de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, señaló que es necesario dar al Estado herramientas para combatir a las pandillas, pues son un flagelo principalmente en las zonas urbanas.
“Hay casos donde hay necesidad de aplicar mayores esfuerzos de la Policía Nacional Civil y el Ejército. Se podría usar el estado de Sitio para combatir a las pandillas, eso sí, no se podrían hacer compras por excepción”, señaló el legislador.
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El congresista explicó que para identificar a las pandillas “hay características, informes de la Policía, expertajes y otras señas” y “todo esto serviría para verificar que existe una pandilla y para proteger al ciudadano”.
Periodistas cuestionaron al legislador sobre si este tipo de cambios a la Ley de Orden Público podrían usarse para reprimir las protestas u otras expresiones ciudadanas, lo cual negó.
“Nunca he visto a pandilleros marchar. Los pandilleros no operan así, tienen una organización criminal para amenazar, atemorizar, extorsionar y cometer delitos”, puntualizó Linares-Beltranena.
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Crítica
El abogado constitucionalista Alejandro Balsells Conde fue consultado al respecto de este dictamen y consideró que es una amenaza.
“Por supuesto esto es una norma que quiere criminalizar, a discreción, lo que quiera el Organismo Ejecutivo”, señaló el experto.
Según Balsells Conde consideró que con este tipo de redacción fácilmente se podría criminalizar a las personas.
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“Este es un gobierno represivo, asesorado por condotieros —mercenarios al servicio de los Estados— que se hacen pasar por juristas”, criticó el profesional del Derecho.
Con el dictamen favorable, la iniciativa ahora podrá ser tomada en cuenta por la Junta Directiva para proponerla en un Orden del Día para una sesión plenaria.
Para que esto suceda los jefes de bloque deberán aceptar que se incluya en el orden del día y el pleno del Congreso votar para que así sea, a partir de ahí la iniciativa podrá ser discutida en tres lecturas y votada por artículos y redacción final o ser aprobada de urgencia nacional.
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